Denuncia por encubrimiento contra Veronica SCANGA

Teniendo un tiempo libre me arme una base de datos para poder decir día por día las hojas que eliminaron de la Historia Clínica de mi madre.

La denuncia dice algo así:

Que vengo a denunciar por encubrimiento a la Fiscal ANDREA VERONICA SCANGA, en relación a su resolución MPF00729126 donde trata de engañar usando como justificación la numeración realizada con posterioridad a la eliminación de partes de la Historia Clínica de mi madre.

Personal del Hospital Piñero entre el 15 y el 18 de mayo 2020, o el 18 de mayo de 2020 junto con personal del Ministerio Público Fiscal, procedieron a eliminar partes de la Historia Clínica en cuestión y con posterioridad enumeraron las hojas sobrantes del número 1 al 225 con una birome.

Es evidente que la enumeración con birome se realizó con posterioridad a 1) la eliminación de hojas, y 2) al 28 de abril de 2020, fecha en que finaliza la Historia Clínica. Como detalle obvio se puede apreciar que la fecha del fallecimiento de mi madre, ocurrida en abril, se encuentra al principio de la Historia Clínica, y obviamente, anterior a todas las fojas de la internación en febrero, marzo y abril.

La Fiscal para determinar que no falta nada se basó únicamente en el hecho de que están casi todas las fojas numeradas de 1 a 225. Es decir, para la Fiscal no hay delito porque están casi todas las hojas que DECIDIERON dejar. Si había más, “no le importa”.

Dejo enlaces a la denuncia enviada al MPF y la Historia Clínica en cuestión.

Defensoría del Pueblo encubriendo delitos graves

Inesperadamente, hoy me llegó una resolución de la Defensoría del Pueblo de CABA respecto a que personal del Hospital Piñero en complicidad con el Ministerio Publico Fiscal eliminaron partes de la Historia Clínica de mi madre.

La resolución es una muestra de la burocracia del Organismo y el empecinamiento en encubrir al GCBA, ya que luego de 11 páginas, no queda claro si comprobaron que faltan partes o no. Son 11 páginas de excusas para intentar hacer creer que no pudieron acceder a la Historia Clínica y hacer recomendaciones menores.

La Historia Clínica fue aportada a la Defensoría, y que está disponible en Internet [0] para que cualquiera pueda comprobarlo si tiene ganas. Evidentemente algunos no quieren.

La Defensoría tiene en su poder una historia clínica adulterada e incompleta, y sin embargo desde hace tiempo decidió no de revisarla. Solo de mirar uno puede darse cuenta como es que pueden poner y sacar páginas en cualquier momento y lugar.

Es sorprendente que estos días en que tanto se acuse a la Justicia por la causa de Cristina por un lado y por el otro gente del Frente de Todos como María Rosa Muiños trabaje para encubrir a personal del Gobierno de la Ciudad y del PRO. ¿Será que es todo simulado y en realidad son amigos?

PD: tema aparte es la adulteración realizada a partir del día 25 de marzo, con las “discrepancias” entre lo que escribe el médico y lo que sucedió en la realidad, que afortunadamente pude filmar. Video de cuando me expulsan [1].

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[0] https://gitlab.com/kosciuk/mpf00462972, enlace para descargar la historia clínica.
[1] https://www.youtube.com/watch?v=jzmWhk7Fs-Y

Una fiscal más del MPF encubriendo a sus colegas

Por primera vez en 2 años me envian la resolución impresa por medio de la Policía de la Ciudad.

Lamentablemente, el MPF es una corporación mafiosa a la que hoy tengo que sumar a SCANGA, Veronica Andrea al listado de Fiscales que encubren a Fiscales. Si no me falla la memoria, la cadena es: Rozas, Amil Martin, Riggi, Galante, Lapadu, Andrade y Michienzi.

El hecho en cuestión es que personal del MPF junto con el Hospital Piñero, elimino parte de una Historia Clinica (aproximadamente 45 dias), y luego de eliminar esas hojas, pusieron los numeros a mano con birome. Repito. Luego de haber eliminado lo que necesitaban para encubrir pusieron numerito para que los idiotas crean que está todo.

Los fiscales, en su misión de encubrir, no les importa si faltan 45 dias de Historia Clinica, simplemente miran los numeritos del 1 al 225 (e igualmente faltan un par de esas hojas tambien) y dicen que no falta nada.

Algo que también es obvio, el hecho de numerar las hojas con lapicera luego de eliminar partes, es que las hojas no están en orden cronológico, por ejemplo, el dia 10 tiene numeracion 1, el dia 11 tiene numeracion 2, el dia 12 tiene numeración 224, el dia 13 vuelve a tener numeración 4. Esos numeros, puestos a mano, no fueron puestos por el personal médico. Incluso hojas de febrero tienen una numeración en birome anterior a hojas de enero.

Y SCANGA, al igual que el resto de encubridores, dice que está todo, no falta nada, pero es incapaz de indicar donde se encuentran las partes que faltan. Para decir que algo existe, hace falta alguna prueba. ¿No?

Cualquiera con ganas de comprobar quien miente y quien encubre puede descargar la historia clínica [0] e indicarme donde estan los reportes de enfermeria desde el dia 12 de marzo hasta el dia 28 de abril. Yo no los he podido encontrar pero SCANGA si.

Como detalle sin importancia, también puede notarse que el archivo tiene fecha 28/06/2022 14:06:05, pero fue entregado hoy 10 de agosto.

Todo este encubrimiento cuenta con el patrocinio de Maria Rosa Muiños, titular de la Defensoria del Pueblo de CABA.

[0] La historia clinica se puede descargar desde GitLab, son los 7 archivos “Historia Clinica … pdf”.

Andrade encubriendo a Michienzi

En el dia de hoy me llega el encubrimiento archivo de ANDRADE, Verónica Natalia en favor de MICHIENZI, Blas Matías.

El MPF de CABA, sigue encubriendo el hecho de que faltan partes de una historia clinica, y por algún motivo siguen pidiendo pruebas que demuestren el faltante, cuando ni siquiera en sus resoluciones dan justificaciones acerca de las partes faltantes.

Creo que GALANTE en una resolución dijo algo como: y si faltan partes, ¿cuál es el problema? Entonces no se sabe si investigan o no, y si reconocen que faltan partes o no.

Como se debe denunciar en el MPF de CABA la adulteración y eliminación de partes de la Historia Clínica para que no lo encubran como vienen haciendo. ¿Hay alguna combinación de palabras mágicas?

Informe de abogada

Recientemente pagué 7000 pesos para un informe sobre el expediente del caso de mi madre. El PDF con todo lo hecho por la Fiscalía es un PDF de 251 páginas, aunque mucho se puede saltear, y no incluye la Historia Clínica. Este supuestamente es el informe:

Estimado Nicolás:

Como le expliqué ayer cuando estuvo en la consulta, Ud. tendría que hacer una querella, luego de vista la causa, porque es un delito de acción privada, además le expliqué qué la querella es mucho más fuerte que la denuncia.Por lo demás, no son escritos aislados lo que presentaría eso no sirve, también le expliqué, la querrella, es la demanda por así decirlo que comienza un juicio, que incluso puede terminar con un juicio oral. Esto es realmente lo que le pondría en un informe además que considero que hay que pedir vista de causa de ese otro expediente que tiene en la Fiscalía 40. Si considera que ésto le puede servir, se lo hago en un adjunto con mi firma. Los costos de una causa penal, los tengo que evaluar después de ver el expediente, por supuesto que el que rechazaron por ser de acción privada ya lo tengo, por eso ayer le dije que no pidamos vista de causa de ese para no hacerle gastar más, sino del otro, los cuales luego eventualmente se puede pedir unir por conexidad.Gracias por la consulta. Saludos

Renée Muchen, pueden buscar tomo y folio en el Colegio de Abogados.

A mi me parece un escrito genérico que no requirió siquiera leer el expediente, no se sabe de que delito se trata o se podría tratar, no se sabe la querella contra quien es ni por qué delito. Ni tampoco hay un listado de irregularidades como para que quien lea eso sepa de que se trata.

Es tan útil como el asesoramiento que te dan en el CENAVID: “busquese un abogado”.

¿Es así como debe ser el informe? ¿Le sirve eso a otro abogado?

PD: tambien, Muchen, Tomo 1 – Folio 827 CPACF, se niega a entregarme factura por 2 pagos realizados.

Archivo MPF654300

En esta resolución puede verse uno más de los encubrimientos burdos del Ministerio Público Fiscal de CABA, en este caso del Fiscal Blas Matías MICHIENZI.

Aunque mi denuncia era clara respecto al faltante de días (no de fojas) cuando digo “pero el faltante de 40 días es SI o NO”, el fiscal unicamente revisa la foliatura hecha con posterioridad a la finalización de la Historia Clínica.

El tema sería así, el MPF le avisó al Hospital Piñero para que elimine lo que quiera con la garantía de que nadie del MPF va a investigar, el Hospital elimina 46 dias de enfermeria (supongo que serian mucho mas de 46 fojas) y luego procede a enumerar las hojas que quedaron, del 1 a la 225.

El Fiscal en lugar de revisar las fechas para ver si faltan partes, simplemente revisa que este la totalidad del sobrante. Dice que no falta nada porque habia 225 fojas, cuando la realidad es que debería haber quizá 300.

El otro tema ridículo y evidente, excepto para el Fiscal, es que la enumeración de las fojas sobrantes se realizó con posterioridad a la eliminación de las partes que faltan. Tendría que haber resultado muy evidente, ya que las hojas no están ordenadas cronológicamente. Es más, la ultima foja escaneada es de fecha 10 de marzo, cuando deberia llegar hasta el 28 de abril.

Pero bueno, mafias.

Tribunal de Disciplina

Hoy me llega la resolución contra mi abogado que no hizo nada durante la causa, y que cuando le negaron el expediente, dijo GRACIAS! Eso pasó 4 días antes de que archiven, parece ser que archivaron porque vieron el nulo inter´és del abogado en conseguir el expediente…

Para el Tribunal de Disciplina del Colegio de Abogados – Sala II, el abogado actuó bien, pese a haber pasado toda la denuncia sin tener el expediente.

Me pregunto ¿como puede trabajar bien un abogado si no tiene el material para trabajar? ¿Y como se supone que quiere trabajar si ni siquiera muestra interés en que le pasen el material para trabajar?

Parece que hay mafias por todas partes.

PD: como detalle extra podrán apreciar que la denuncia presentada por el abogado tiene 2 tipografías, simplemente agarro y pegó lo que yo le mande sin leerlo porque despues se sorprendia de las cosas que yo le contaba que había escrito (porque parece que ni 2 meses después leyo lo que el mismo habia “denunciado”).

Hospital Piñero, el mejor hospital para delinquir

Hoy fui a retirar este papel, anteriormente había ido a sacarle foto porque el día que lo escribí no habia llevado el celular. No me dieron el libro en el ese momento ni tampoco ahora. Me tuve que conformar con la fotocopia de mi nota.

El 3 de agosto de 2021 se me ocurri´ó dejar una nota en el libro de quejas del Hospital Piñero para ver que haría el Director Rivero para compararla con mi primer nota y la extensa nota difamatoria con que Copani me respondió (aunque el Director no hizo nada para conseguir que me entreguen copia de la Historia Clínica)

Don Rivero ignorando delitos

¿Es verdad que un Director de un hospital no puede sancionar a su cargo personal por muy evidente que sea el delito? Imagino que si alguien golpea a una mujer va a ser condenado sin siquiera mediar instancia judicial alguna.

Respuesta del CPDP

El anteúltimo mensaje que recibí de la CPDP:

Estimado Sr. Kosciuk
Me dirijo a Ud. a fin de adjuntarle la respuesta enviada por el Hospital en la que informan que la H.C. fue secuestrada por el CIJ en el marco de la causa judicial Nro. 462972. Conforme ello, por aplicación del articulo 28 inc. b de la Ley Nro. 3, este CPDP dará por concluida la actuación.
Atte. 
CPDP  

CPDP, el 20/12/21 12:36

Incluyen el adjunto de abajo, donde no se si van a notar la truchada del procedimiento.

Las cosas que me llaman la atención

  1. nunca me preguntaron nada como para entender la situación, incluso me hicieron completar el formulario de solicitud de acceso, pese a que era sabido que el Hospital no tiene la historia clínica.
  2. precisamente, y gracias a que la Historia Clínica fue “secuestrada” por la “Justicia”, sabemos que es la mejor versión posible. Dicha versión fue aportada a la Defensoria como prueba de que faltan partes pero parece que nunca la miraron.
  3. preguntarle al Hospital si tienen idea de por que faltan partes es preguntarle a un ladron por qué tiene la billetera de otro. El problema es que la Defensoría tiene ánimos de creerle.
  4. durante todo el tiempo que la Defensoría estuvo dando vueltas, siempre estaban con la excusa de que si esta judicializado ellos no se meten, pese a que para mi el articulo 23 de la ley 1845 es muy claro.
  5. el Hospital responde que no sabe si adulteraron o eliminaron partes de una historia porque fue incautada en el caso MPF 462972, sin embargo el caso en cuestión es una denuncia por abandono de persona que 1) no tiene nada que ver con la falsificación de un documento público, y 2) es una denuncia archivada, con lo que lavarse las manos con la excusa de cosa juzgada, tampoco es serio.
  6. Pero, si meten la excusa de cosa juzgada, uno pensaría que si la cosa no está juzgada, deberían meterse, sin embargo ahi salta la excusa de “no nos metemos si esta judicializado”.
  7. ¿cómo pueden decir cosa juzgada cuando no hubo juicio?

Después, cuando les escribi por el tema del Habeas Data, mi idea es tratar de salvaguardar lo poco que queda, los del CPDP me bloquearon en Twitter y bueno, no voy a pretender que me respondan los mails…

Creería haber encontrado un modus operandi: el Hospital Público adultera y elimina partes de una Historia Clínica; el MPF, coordinando o no el hecho, va e incauta lo que el Hospital decidio dejar, todo el MPF mira para el otro lado, y en base a lo que decidió dejar el Hospital, se archiva. Luego, si uno intenta reclamar ante la Defensoría, deciden “investigar” preguntando unicamente al responsable del delito, que tiene la excusa perfecta: “no se prendí fuego mitad de las hojas, el MPF se llevo la Historia”. Con lo que pese a tener la Defensoría la mitad de las “hojas quemadas”, aportadas por el propio MPF, decide no ver delito alguno.

¿Que hay más obvio que una Historia Clínica adulterada si fue incautada por el propio Poder Judicial? Una cosa sería que yo lleve a Defensoría una versión en papel aportada por mi… pero está el original incautado por el CIJ.

El tema ahora sería, si consigo el original, que va a decir Defensoría? Que no es confiable? (por eso mismo no quiero retirarlo, aunque tengo miedo que lo guarden en Iron Mountain…)

Ley de datos personales en CABA

En mi denuncia 805066, ante la Mafia Pública Fiscal, denuncié que el Hospital Piñero me entregó una historia incompleta, y no se sabe si las partes que faltan se eliminaron a pedido del propio Fiscal Rozas o si fue iniciativa del Hospital.

Aprovechando que la UIT Oeste bloqueó el ingreso de correos electrónicos (y no hay forma de contactarlos) se me ocurrió pedirle al organismo responsable de Datos Personales en CABA, que es la Defensoría del Pueblo que me ayude. Y me respondieron:

Si dicha solicitud está judicializada nosotros no podemos intervenir.

Javier

Entonces me pongo a releer la Ley, y me parece que tienen muchas formas para intervenir, incluso sin que nadie se los pida. El articulo 23 de la ley 1845 de CABA dice en varios párrafos:

Velar por el cumplimiento de las disposiciones de la presente ley y por el respeto de los derechos al honor, la autodeterminación informativa y la intimidad de las personas.

Proponer la iniciación de procedimientos disciplinarios contra quien estime responsable de la comisión de infracciones al régimen establecido por la presente ley.

Recibir denuncias.

Formular denuncias y reclamos judiciales por sí, cuando tuviere conocimiento de manifiestos incumplimientos de lo estipulado en la presente ley por parte de los responsables, usuarios y/o encargados de los archivos, registros, bases o bancos de datos del sector público de la Ciudad de Buenos Aires.

Representar a las personas titulares de los datos, cuando éstos se lo requiriesen, a fin de hacer efectivo el derecho de acceso, rectificación, supresión y actualización, cuando correspondiere, por ante el archivo, registro, base o banco de datos.

Asistir al titular de los datos, cuando éste se lo requiera, en los juicios que, en virtud de lo establecido en la presente ley, entable por ante los tribunales de la Ciudad de Buenos Aires.

http://www2.cedom.gob.ar/es/legislacion/normas/leyes/ley1845.html

Realmente sorprendido como todos los organismos tienen una excusa para no cumplir sus funciones.