MPF00462972 | Fiscalía PCyF No 20
Proveído simple
Ciudad de Buenos Aires, 15 de mayo de 2020.
Téngase presente lo resuelto por la Sra. Jueza titular del Juzgado PCyF Nro. 21.
En este sentido, teniendo en cuenta el objeto de investigación del presente caso y
debido al Aislamiento Social y Preventivo Obligatorio dictado por el Presidente de la Nación, corresponde requerir al Cuerpo de Investigaciones Judiciales que en un plazo de 20 días -que se podrán prorrogar en caso de ser estrictamente necesario- proceda a recabar los elementos de prueba necesarios para avanzar con el caso.
En este sentido, deberá entrevistarse con el denunciante a fin de que éste brinde una declaración pormenorizada de como se dieron los hechos y aporte toda la documentación y estudios que posea respecto de la causante. Dicha entrevista podrá ser telefónica o mediante videoconferencia, y el envío de la documentación solicitada podrá ser remitida mediante soporte digital o correo electrónico.
¿EH? ¿Y quien era responsable de hacer la entrevista? ¿Le podrán avisar o ya es tarde? Evidentemente nunca le interesó lo que yo podría decir o aportar, y los mails que yo enviaba sin que me los pidiera los eliminaba o se los reenviaba al Hospital Piñero. Quizá después de archivar se haya acordado que se olvidaron de entrevistarme o pedirme que aporte pruebas. Pero ya era tarde.
Asimismo, corresponde librar una ORDEN DE PRESENTACIÓN a fin de que el personal del CIJ se haga presente en el Hospital de Agudos Piñero a los fines de obtener la correspondiente historia clínica de la Sra. Margarita Leonor Kuchasky junto con los estudios realizados. A tal fin, líbrese oficio.
Cumplida que sea la medida ordenada, deberá remitir un informe detallando las tareas realizadas y la documentación recolectada.
JUAN ERNESTO ROZAS
FISCAL DE 1o INSTANCIA
15/05/2020 12:34:48
15 de mayo! Aunque aquí decía querer entrevistarme, intentó declararme insano -en complicidad con el médico- para que no pueda ser querellante y no pueda enterarme de nada. Pero eso fue dos meses después.